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CFDI con complemento carta porte, ¿estoy obligado a emitirlo?

El CFDI con complemento Carta Porte brinda información sobre el origen y los destinos de las mercancías, permite comprobar ante las autoridades que estás autorizado a trasladar una mercancía y acredita su tenencia legal. Te compartimos más detalles sobre este tema y quiénes están obligados a emitirlo.

¿Para qué sirve el complemento carta porte?

Su función es incorporar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio por el que se transportan, ya sea vía terrestre (carreteras federales o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

¿Quiénes están obligados a emitir facturas con complemento carta porte?

Las personas físicas o morales que requieran realizar el traslado de bienes o mercancías en territorio nacional, ya sea porque se dedican a prestar el servicio de traslado o simplemente requieren mover sus bienes de un lugar a otro. Solo se requiere especificar el tipo de factura (ingreso o traslado) al que debieran incorporar el complemento.

De acuerdo con la regla 2.7.1.9 de las Resolución Misceláneas Fiscales para 2021

Expedir CFDI tipo traslado

Si eres propietario de las mercancías y estas forman parte de tus activos, podrás acreditar el transporte de dichas mercancías cuando se trasladen por vía terrestre de carga que circule por carreteras federales o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial, únicamente mediante el archivo digital de un CFDI de tipo traslado o su presentación impresa, al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”.

En dicho CFDI deberán consignar como valor: cero y como clave en el RFC: la genérica XAXX010101000.O bien, si eres un intermediario o un agente de transporte, y serás quien lleve a cabo el traslado o transporte de las mercancías, será tu obligación expedir el CFDI de traslado con complemento carta porte y usar este o su representación impresa para acreditar el transporte de las mercancías.

Expedir CFDI tipo ingreso

Por otro lado, si eres un contribuyente dedicado al servicio de transporte terrestre de carga que circulen por carreteras federales o por vía férrea, marítimo, aéreo o fluvial, deberás expedir un CFDI de tipo ingresos, el cual ampare la prestación de este tipo de servicio y al que deberán incorporar el complemento “Carta Porte”, mismo que únicamente servirá para acreditar el transporte de mercancías. Lo anterior, no releva al transportista de la obligación de acompañar las mercancías que se transporten con la documentación que acredite su legal tenencia, según se trate de mercancías de procedencia extranjera o nacional.

¿Qué sucede si te encuentras dentro de los supuestos de la regla 2.6.1.2 de las RMF?

Si, fabricas, produces, procesas, transportas, almacenas, incluyendo almacenamiento para usos propios, distribuyes o enajenas hidrocarburos y petrolíferos, entendiéndose por hidrocarburos y petrolíferos:

– Hidrocarburos: petróleo, gas natural y sus condensados.
– Petrolíferos: gasolina, diésel, turbosina, combustóleo, mezclados o no con otros componentes, así como gas licuado de petróleo y propano.

Estarás obligado adicionalmente a incorporar a tu CFDI el complemento “Hidrocarburos y Petrolíferos” referido en la regla 2.7.1.45.

¿Qué obligaciones tengo en el despacho de mis mercancías?

Mediante PITA

– Transmitir al SEA en documento electrónico los siguientes datos: El folio fiscal del CFDI con el complemento a que se refiere la regla 2.7.1.9., de la RMF para 2021

– Regla 3.1.15 para las RGCE 2021: Procedimiento para tramitar un documento aduanero… Consignar en el dispositivo tecnológico la información del pedimento, del número de integración y folio fiscal a que se refiere la regla 2.4.11.

Mediante DODA

– Regla 3.1.32 para las RGCE 2021:
Pedimento Consolidado
VIII. Declarar el CFDI que debe incluir el complemento a que se refiere la regla 2.7.1.9. de la RMF para 2021

– Regla 3.1.33 para las RGCE 2021:
Despacho de mercancías sin presentación de las impresiones de pedimentos, aviso o copias simples
El folio fiscal del CFDI con el complemento a que se refiere la regla 2.7.1.9. de la RMF para 2021…

Digitalizar el XML y el PDF

– Regla 3.1.31 para las RGCE 2021
Procedimiento para la presentación de los documentos en el despacho aduanero de mercancías…

En todos los casos se deberá presentar el folio fiscal, archivo digital o la representación del CFDI con el complemento “Carta Porte” a que se refiere la regla 2.7.1.9 de la RMF, deberá estar relacionado con él pedimento y el número de acuse de valor.

¿A que tipo de sanciones te podrás ser acreedor?

Art. 29A Sanción Fiscal (CFF)Las cantidades que estén amparadas en los comprobantes fiscales que no reúnan algún requisito no podrán deducirse o acreditarse fiscalmenteNo deducción o acreditación fiscal
Art. 83 VII y 84 IV a) Infracción Fiscal (CFF)No expedir, entregar o no poner a disposición de los clientes los comprobantes fiscales digitales por Internet de sus actividades cuando las disposiciones discales lo establezcan, o expedirlos sin que cumplan los requisitosMulta de $17,020 a $97,330
Art. 83 XII y 84 XI Infracción Fiscal (CFF)No expedir o acompañar las en documentación que ampre las mercancías en transporte en territorio nacionalMulta de $760 a $14,710

Diagrama Complemento Carta Porte:

cfdi carta porte
Fuente: SAT

Conclusiones

1. El Agente de Carga o intermediario es la empresa o persona física que actúa como un tercero entre el usuario y el transportista.
2. Revisa siempre en el portal del SAT que la carta porte exista.
3. Revisa que la carta porte se encuentre digitalizada en el pedimento.
4. Que el operador lleve en el transporte de la mercancía la carta porte en forma digital o electrónica.
5. Comprueba que en el DODA o PITA este declarado el CDFI CP.
6. Guarda en el expediente electrónico de cada una de tus operaciones el archivo correspondiente.

Te dejamos ligas de acceso que te facilitarán el cumplimiento de estas disposiciones:

Si requieres asesoría para su llenado o aun tienes dudas respecto a este tema, no dudes en contactarnos.

Agencia Aduanal Mexicali Tijuana Ensenada Manzanillo

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5 comentarios

  • Andrea Miramontes

    Buen dia
    nos dedicamos a dar servicios aduanales, finjimos como intermediario entre el cliente y transportista, no tenemos medios de transporte propios, estamos obligados a relaizar carta porte de traslado ?

    en un principio se comento que actuariamos por cuenta del cliente adquiriendo esta responzabilidad pero despues menciona que solo cuando el traslado lo realice por medios propios

    me puedieran ayudar

    gracias

  • diana chavez

    nuestra empresa siempre cruza el mismo producto, necesitamos saber si es obligacion del agente aduanal proporcionarnos los codigos que vamos a utilizar para el produccto y hacer el lisstado que le pasaremos al transpoprrtistas por el momento hemos estado utilizando codigos que noeotros tomamos del catalogo que esta en linea.

  • […] Complemento Carta Porte es un documento que debe acompañar en todo momento a las mercancías que se trasladan de un lugar […]